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Impuestos socializa el Código Penal

  • Foto del escritor: pridecompridecom
    pridecompridecom
  • 14 ene 2018
  • 2 Min. de lectura

El nuevo Código de Procesamiento Penal implica conocer a profundidad ciertas temáticas que deben ser reguladas a los tiempos actuales, la óptica anacrónica de viejas leyes, no hace viable una justicia más proba y eficiente.

Existen criterios dispares e interpretaciones tan interesadas que intentan distorsionar y desinformar a los contribuyentes.

“Queremos despejar dudas y preocupaciones por la aplicación de la ley 1005, en el artículo 174 se establece la figura -que no es nueva- de la defraudación tributaria (…) actualmente para que alguien sea sancionado por contra versiones o delitos tributarios debe optar por dos vías: la administrativa que básicamente busca una sanción pecuniaria, o la judicial, la cual establece que quien deba o no pague impuestos de 10.000 o más UFVs está incurriendo en defraudación tributaria, con ciertas características como el dolo, que es la intención para cometer delito, que no es lo mismo que cometer algún error, o tener algún problema en declaraciones juradas mensuales”, manifestó Mauricio Dellien Montero, gerente distrital a.i. del Servicio de Impuestos Internos en Trinidad.

El nuevo Código de Procesamiento Penal se adecúa y adapta a los tiempos reales y por lo tanto actuales, es en algunos casos más flexible, pero es en otro más riguroso, de acuerdo a la tipificación, característica y gravedad del delito. En el caso puntual de la defraudación tributaria genera una mayor amplitud para que el contribuyente que menos tributa no tenga obligaciones mayores.

“En el caso del nuevo Código, la cifra se eleva a 250.000 UFVs, es decir por encima del medio millón de Bs. es más benevolente y beneficioso para el universo de contribuyentes. Es muy difícil que alguien tenga deudas mayores a esa cantidad en Bolivia” señaló la autoridad.

La ampliación en montos es elocuente, antes del Código la cifra alcanzaba 10.000 UFVs, que en bolivianos alcanza a los 23.000. ahora se basa en 250.000 UFVs, que significa 560.000 Bs. debe recordarse que una vez cometido el delito, son los mecanismos legales, los encargados de procesar penalmente la falta.

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