Entre la veda de pesca en el Beni
- pridecompridecom
- 15 oct 2017
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Beni tiene una gran cantidad de corrientes acuáticas que zigzaguean por medio de pampas y selva. La fauna encuentra hábitat propicio para su vida y multiplicación, sin embargo, esa favorable condición a veces peligra por el irrespeto de los seres humanos.
La Gobernación del Beni en uso de sus atribuciones y de acuerdo a lo que establece la Ley 938 impone a denominada Veda de Pesca. Ignacio Franco, secretario de Desarrollo Productivo y Seguridad Alimentaria, dependiente de la Gobernación del Beni, quien anunció explícitamente las disposiciones legales para evitar la pesca desproporcionada y las sanciones contra los infractores.
“Estamos informando y advirtiendo contra la pesca este tiempo de cuatro especies, pacú, surubí, chuniquina y tambaquí. Esta veda se inicia el 15 de octubre y se extiende hasta el 15 de febrero de próximo año. Estamos procediendo como lo señala claramente la Ley 938 de Pesca y Acuicultura”, aseveró Franco
El Programa mantiene reuniones con los sectores involucrados, es decir, quienes están inmersos tanto en la pesca y la comercialización, para lograr acuerdos previos e informar acerca de los permisos como las prohibiciones.
“La veda es manifiesta, ya que debemos preservar la cadena de reproducción, el desove es vital y determinante, si no se cumplen los ciclos de la naturaleza, no existirán más peces en nuestros ríos y ello traerá problemas de alimentación, especialmente en las comunidades” acotó

La sostenibilidad resulta preponderante como determinante para los recursos pesqueros, existe una detallada prohibición con medidas para las cuatro especies al momento de su captura.
Rider Melgar, encargado del proyecto de manejo y fiscalización de los recursos pesqueros en la cuenca del rio Mamoré, Itenez y Guaporé, del Servicio Departamental Agropecuario, también participó de la conferencia de prensa donde se hizo mención puntual a la normativa de veda.
“Para el surubí 23 centímetros sin cabeza, chuniquina 74 centímetros sin cabeza, pacú 62 centímetros sin cabeza, tambaquí 53 centímetros sin cabeza. Queremos hacer cumplir la resolución secretarial #034/2017, artículo I que se debe cumplir desde el 15 de octubre hasta el 15 de febrero de 2018. La veda parcial consiste en respetar el tamaño de los peces al momento de su captura, caso contrario se decomisará el producto”, manifestó Melgar.
Para la presenta veda están involucradas las personas legalmente registradas, y que tienen el carnet de pescador, requisito que deberán mostrarlo a los inspectores y las capitanías de puerto, existen controles que están localizados en cuatro puntos estratégicos de nuestro departamento: Rurrenabaque, Riberalta, Guayaramerín y Trinidad. Por otra parte, también está totalmente prohibida la venta de pescado a otros departamentos. Más allá del decomiso a los infractores, se harán cumplir las disposiciones de acuerdo a ley, con medidas mayores, tal cual lo establecen las normativas legales.
La Ley No. 938 tiene por objeto regular, fomentar, incentivar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional.