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Transexuales piden inclusión y respeto de la sociedad

  • Redacción central
  • 13 jun 2016
  • 2 Min. de lectura

El pasado 21 de mayo, el Senado nacional, sancionó la Ley de Identidad de Género, que permitirá a las personas transexuales y transgénero cambiar su nombre y género en sus documentos de identificación legal.

Los transexuales y travestis de la ciudad de Trinidad, ofrecieron una conferencia de prensa para socializar su posición con el objetivo de que la sociedad los acepte y respete sus derechos.

“Esta lucha que realizamos desde hace ocho años, ahora por fin se hace realidad, estamos socializando la Ley que nos dará el respeto de la sociedad, para que nosotras como mujeres ‘trans’, podamos acceder a un trabajo digno y ser lo que somos, por eso agradecemos al Presidente Evo Morales”, dijo Nicol Panoso, concejal suplente del MAS.

En Trinidad están organizados en una asociación, lo que les permite realizar talleres, seminarios y actividades, para fortalecer sus conocimientos y exponerlos ante la sociedad.

“Nosotras no tenemos la culpa de haber nacido en otro cuerpo, no somos gente mala y también creemos en Dios, por eso pedimos a todos los bolivianos que nos acepten como somos, también tenemos derechos y obligaciones”, remarcó Gina Movi.

Definición

El numeral 5 del artículo 3 define al transexual, a personas que se sienten como pertenecientes al género opuesto al que se les asignó al nacer y que optan por una intervención médica para adecuar su apariencia física - biológica a su realidad psíquica y social.

El numeral 6 del artículo 3 define al transgénero, al hombre o mujer cuya identidad de género no corresponde con su sexo asignado al momento del nacimiento, sin que esto implique intervención médica de modificación corporal. El artículo 4 señala que el alcance de esta ley, es aplicable en todo el territorio nacional a personas bolivianas transexuales y transgénero, solteras, divorciadas o viudas, mayores de 18 años de edad.

La ley incluye una disposición especial que permite "la reversión de la elección por una sola vez", es decir que el cambio de nombre, dato de sexo e imagen será reversible si es que la persona cambia de opinión. En caso de reversión se vuelve al nombre, dato de sexo e imagen iniciales y éstos ya no podrán cambiar. También se aclara que queda prohibido el uso de los documentos personales anteriores al cambio de identidad, una vez realizado el cambio.

Otra de las demandas del sector es el matrimonio de personas del mismo sexo, misma que no puede ser aprobada mediante una ley sino a través de la modificación de la CPE.

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