Socializan ley Zofra, en todo el departamento
Tras una serie de estudios y análisis, el Gobierno boliviano, mediante el presidente del Estado Plurinacional, Evo Morales promulgó la ley 1048 de ampliación de la Zona Franca Cobija por 20 años más. Esto le permitirá a la región poder iniciar una etapa diferente, puesto que las normativas y los artículos que contiene la ley son más inclusivos para el colectivo en general.
A partir de la promulgación, la diputada Eva Humérez y el gobernador de Pando Luis Adolfo Flores iniciaron un trabajo de sociabilización, para que la mayor parte de la población pueda conocer los alcances y los beneficios de esta ampliación de la Zona Franca Cobija.
“hay muchas personas que tratan de deslegitimizar esta nueva ley, porque ya no es para nueve familias, es para todos los pandinos. Estamos socializando esta ley que nos permitirá mejorar las condiciones de vida de los cobijeños y de todos los pandinos”, dice Eva mientras agarra la ley y cuenta que el cambio trascendental es la inclusión de todas las alcaldías y los pobladores en la importación de maquinaria y sistemas de desarrollo en Bolivia.
“Son cuatro artículos y no uno sólo”; dice y nos explica antes de entrar a la reunión de sociabilización de esta ley con los ganaderos de pando.
“empecemos por el articulo cuatro, que es la que hace referencia a las mercancías sujetas a importación, es el más cuestionado por los empresarios, por la SIP Pando, esto se debe a que el artículo limita, ojo deja bien claro que todas las exportaciones o importaciones que sean, de cuatro ruedas o más entre ellos piezas, accesorios, además de tabacos y cigarrillos, están sujetos a tributos nacionales es decir pagaríamos como cualquier otro departamento”, indica antes de que algunas autoridades y legisladores salgan a alarmas a todos.
Según las autoridades estos rubros no afectan en nada el normal desenvolvimiento del trasporte en Cobija.
“hicimos varios cambios, por ejemplo, sacamos de la ley a las motos, que son herramientas de trabajo para un grueso de los ciudadanos, pero al contrario no pasa lo mismo con los motorizados de cuatro ruedas, que en el tema del transporte no afecta, ya que la mayoría de los autos de servicio público tienen placa nacional ya que pasan la frontera o van a otras poblaciones y no pueden con placa zofra”, explica Humérez.
Según la diputada con esta ley, se está cortando el contrabando y se está legalizando algunas cosas que no estaban bien, pero al mismo tiempo manifiesta que en el tema de cuatro ruedas están exentos de pagar los aranceles normales, son los vehículos para la producción agrícola o la implementación empresas productivas que se desarrollen en Pando).
En el artículo tres una de las preocupaciones del colectivo fue la palabra “aumento progresivo” de impuestos ya que algunos malos diputados asustaron a los comerciantes.
“No es así, eso va en base a lo que producirá Pando; mediante esta regulación se va a proteger a las personas o empresas que desarrollen el departamento. Tampoco es que cada dos meses se sacará decretos para subir los impuestos; como ejemplo ponemos que, si el agricultor arrocero logra cumplir con la meta de tener en el mercado el 100% del arroz de consumo, entonces se iniciará la protección al producto nacional y subirán los aranceles para ese producto, pero en tanto eso no ocurra, la gente debe quedarse tranquila”, sostiene Humérez.
El otro problema que se presenta el alto costo de la boleta de garantía, que es muy alta y que determinó que nueve familias sean los que únicos importadores, por lo que en la reglamentación de la ley se está viendo de modificar el monto de la boleta, estamos escuchando a los demás sectores para poder junto a ellos tener una alternativa más inclusiva”, sostiene.
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Los artículos y su polémica.
Art. 3 (DERECHO DE INGRESO DE MERCADERÍA)
Para la mercadería que sea ingresada por usuarios comerciales a la Zona Franca comercial e industrial de cobija, se aplicara el ingreso con incremento progresivo que será establecido mediante decreto supremo reglamentario de la presente ley.
Para la mercancía que sea ingresada por usuario industriales a la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija, se establece el derecho de ingreso cero por ciento (0%). Para materia prima, insumo, maquinaria y equipos.
Art. 4 (MERCANCÍAS SUJETAS A IMPORTACIÓN)
Los vehículos automotores de cuatro o más ruedas permitidos, incluidas sus partes y accesorios, tabaco y cigarrillos estarán sujetas a la importación con el pago de tributos aduaneros al momento de su ingreso a la Zona franca Comercial e Industrial de Cobija, el Órgano Ejecutivo mediante decreto supremo podrá incorporar otras mercancías.