Ciudadanos y autoridades celebran la aprobación de causales sobre el aborto
- pridecompridecom
- 2 oct 2017
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La Cámara de Diputados aprobó la noche del pasado jueves el artículo sobre el aborto del proyecto del Código de Sistema Penal, que establece ocho razones y retira la situación socioeconómica de las mujeres como motivo de esa práctica. La ministra de Salud Ariana Campero, citada en un boletín de prensa afirmó que la tercera causa de muerte en el país, en mujeres, es el aborto la mayoría de ellos practicados en condiciones insanos y de inseguridad, por tanto, añadió, es fundamental tener una mirada pragmática ante esta realidad.
“El nuevo artículo se constituye en un importante avance en la reivindicación histórica de muchas mujeres que lucharon por evitar que mujeres de todas las edades, particularmente de escasos recursos económicos, mueran a causa de abortos practicados en condiciones insalubres y sin garantía alguna”, manifestó.
Según el artículo aprobado las mujeres sí podrán acogerse al aborto durante las primeras ocho semanas de gestación cuando tengan a su cargo personas adultas mayores, con discapacidad u otros menores consanguíneos; asimismo cuando ellas sean estudiantes.
Tampoco el aborto será penalizado cuando se realice para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida de la mujer embarazada; cuando se practique para prevenir un riesgo presente o futuro para la salud integral de la mujer embarazada; o cuando se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida.
“No solo los jóvenes tienen que tomar conciencia, sino, en especial, los padres y los hombres en general, en el caso de los padres, tiene que saber educar a sus hijos, no puede ser todo a golpes o dejando que ellos crezcan como puedan, tiene que existir un calor de hogar, una reunión familiar para saber qué problemas o que les aqueja a nuestros hijos”, afirmó la Vicegobernadora Paola Terrazas.
Según la norma, se podrá practicar también el aborto, cuando sea consecuencia de reproducción asistida no consentida por la mujer; cuando el embarazo sea consecuencia de violación o incesto; o finalmente cuando la embarazada sea niña o adolescente.
“Como mujer, me alegra que haya una ley así, en el colegio tenemos 8 embarazadas, no sé cómo serán sus vidas a futuro, y no me quiero imaginar, yo creo que si hubiera existido esta norma antes, no estarían así” dice Pamela, quien cursa el segundo de secundaria en una Unidad Educativa.
Respecto a posiciones de algunas profesionales en Salud que se oponen al aborto la ministra de Salud aclaró que a ningún médico que objete este criterio se le obligará a realizar ésta práctica.
“El sistema de salud no podrá negar objeción de conciencia, es decir, si hay un médico que objeta conciencia, el ministerio de Salud hará todos los procedimientos, protocolos y guías para llevar adelante este procedimiento”, explicó Campero.
El nuevo artículo define una pena de prisión de 3 a 10 años contra la persona que ocasionen un aborto sin el libre y expreso consentimiento de la mujer o de su representante legal, cuando ella esté impedida de manifestar su voluntad por cualquier causa. Por otro lado, eleva un tercio la sanción cuando el aborto sea practicado con algún tipo de violencia y, si causare la muerte, se aplicará la figura de feminicidio.