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Modificación a Ley Penal busca reducir la tasa de mortalidad en mujeres que se realizan abortos

La despenalización del aborto que plantea el proyecto de Ley del Código del Sistema Penal boliviano, busca precautelar el bienestar de la mujer ante los abortos ilegales que ponen en riesgo su vida, informó el presidente del Senado, José Alberto Gonzáles.


“La despenalización del aborto busca precautelar el bienestar de la mujer, según las estadísticas, cada año hay de 60 mil a 80 mil abortos, lo que busca esta ley es terminar con la muerte de mujeres que por asistir a lugares improvisados donde se practican abortos clandestinos, pierden la vida cada día”, Afirmo el Presidente de la Cámara de senadores Alberto Gonzales.


El proyecto de Ley del Código del Sistema Penal Boliviano plantea legalizar el aborto en caso de que la solicitante se encuentre en las primeras ocho semanas de embarazo y concurran causales de situación de pobreza extrema, no cuente con los recursos suficientes para la manutención, sea estudiante o sea madre de tres o más hijos.


“Se busca adecuar el tipo penal a la realidad boliviana, se busca acabar con la muerte de mujeres humildes que mueren en clínicas clandestinas por abortos mal practicados” dijo la autoridad legislativa.

La iniciativa legal pretende autorizar la práctica del aborto en cualquier etapa de gestación para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida de la mujer embarazada, en caso de que se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida, que el embarazo sea consecuencia de violación o incesto o que la embarazada sea niña o adolescente.

“El sistema nacional de salud deberá precautelar la libre decisión, la salud y la vida de la mujer, no podrá negar la interrupción del embarazo ni su atención integral en los casos previstos” alegando “objeción de conciencia y estará obligado a mantener el secreto profesional”, refiere parte del parágrafo VI del artículo 157 del proyecto de ley.

Quienes soliciten la práctica del aborto deberán llenar “un formulario de constancia del consentimiento informado de la mujer y el señalamiento de la causal y circunstancias de su decisión, sin necesidad de otro trámite, requisito o procedimiento previo de ninguna naturaleza”, añade el parágrafo VI.


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